Mostrando entradas con la etiqueta Acuerdos. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Acuerdos. Mostrar todas las entradas

viernes, 27 de noviembre de 2015

El presidente de la comunidad no está obligado a llevar a la Junta documentos requeridos por propietarios.

abogado propiedad horizontal zaragoza
Establece el artículo 16.2 de la Ley de Propiedad Horizontal que "La convocatoria de las Juntas la hará el presidente y, en su defecto, los promotores de la reunión, con indicación de los asuntos a tratar, el lugar, día y hora en que se celebrará en primera o, en su caso, en segunda convocatoria, practicándose las citaciones en la forma establecida en el artículo 9. La convocatoria contendrá una relación de los propietarios que no estén al corriente en el pago de las deudas vencidas a la comunidad y advertirá de la privación del derecho de voto si se dan los supuestos previstos en el artículo 15.2".

Sentencia Audiencia Provincial de Madrid, 19-05-2015 (Extracto)
En el punto segundo del orden del día ("informe y medidas a tomar sobre los procesos jurídicos en trámite") se acuerda ratificar la contratación del letrado que viene asistiendo a la Comunidad en los procesos en trámite y los venideros don XXXXXXX y la procuradora doña XXXXXXXX. El cual se aprueba por mayoría de personas (31 contra 18) y de cuotas (41,73% contra 27,01%).
Invoca la parte apelante la infracción del artículo 16 apartado 2 de la Ley de Propiedad Horizontal. Y ello por no haberse aportado, a la Junta, una documentación que había sido requerida por alguno de los propietarios al Presidente. Pero de una detenida lectura del precepto invocado no se desprende que el Presidente venga obligado a traer a la Junta cualquier documentación requerida por algunos vecinos.

FUENTE: COMUNIDAD HORIZONTAL

martes, 29 de septiembre de 2015

Mediación

Mediación en conflictos familiares y vecinales
La mediación consiste básicamente en la de gestión pacífica de conflictos. Se basa en la colaboración entre las distintas partes, que buscarán resolver la controversia con la ayuda de un tercero imparcial que les ayude a comunicarse, a dialogar y a tomar decisiones de forma consensuada sobre los temas discordantes.

En este sentido, y siempre que sea posible, nuestros abogados tratarán de que las partes lleguen a un acuerdo por ellas mismas. Todo ello a través de técnicas especialmente indicadas para la consecución de acuerdos parciales, de forma que las partes se sientan satisfechas de ver como avanza el proceso sin depender de la falta de celeridad de los juzgados.

Consideramos que la medición es un método recomendable, especialmente en aquellos supuestos en que las partes deban seguir relacionándose posteriormente, y es por ello que en nuestro despacho se apuesta de manera rotunda por la mediación en conflictos familiares y vecinales.

Por nuestra parte le ofrecemos imparcialidad, confidencialidad, neutralidad y tesón. Llámenos con toda confianza, concertaremos una cita y le escucharemos atentamente.

Safe Creative #1511130205887

AVISO LEGAL · LSSI · POLÍTICA DE COOKIES · POLÍTICA DE PRIVACIDAD


Este sitio emplea cookies como ayuda para prestar servicios. Al utilizar este sitio, estás aceptando el uso de cookies. OK Más información